Carta de población de Llanes
En la Edad Media, la zona de Llanes era llamada tierras
del Aguilar, y el Llanes actual, "Puebla de Aguilar" (por eso
el nombre del equipo de fútbol). Alfonso IX de
León concede posiblemente en 1206/1225/1228 la carta puebla a Llanes, con
su centro administrativo en el castillo de Soberrón, situado en la sierra del
Cuera (aún afloran sus restos),
otorgándole funciones administrativas y militares y repartiendo el
territorio entre cenobios, (monasterio de San Salvador de Celorio s. XII) y la
nobleza local. Esta carta tenía la
finalidad de potenciar las defensas de estas tierras y luchar contra la
influencia de San Vicente de La Barquera. Por este motivo, todo el núcleo
estaba rodeado de una muralla (finalizada en el s.XV).
Por su puerto entraba sal, telas, hierro, aceite y
productos manufacturados, y salía madera, naranjas, castañas, avellanas,
nueces, manteca y salazones, con destino a Irlanda, Inglaterra, Francia,
Portugal y los Países Bajos. Otras importantes industrias marineras eran las
salazones y la pesca de la ballena. En sus campos se cultivaban maíz y judías,
y siempre existió una ganadería muy poderosa.
Alfonso X el Sabio le
concede nuevo fuero a la Villa, potenciando sus defensas y su comercio,
desarrollando así la actividad su incipiente puerto pesquero. Alfonso XI de
Castilla le concede el privilegio
de hacer dos ferias anuales, también este rey les concede su propio depósito de
la sal, ya que Llanes por estas fechas tenía un pujante puerto.
Carta
de población: documento concedido por
los reyes cristianos y señores laicos que otorgaban
una serie de privilegios a grupos poblacionales con el fin de
obtener la repoblación de ciertas zonas de interés económico o estratégico durante la Reconquista. Constituyó la primera manifestación de derecho local aparecida durante aquel proceso.
Las cartas pueblas surgieron dentro del contexto
del proceso reconquistador de la Península y la repoblación de las áreas recuperadas militarmente. Con
ellas se pretendía asegurar las nuevas fronteras –finalidad estratégica–, a través del
asentamiento de una población guerrera y campesina; y la revitalización de las
tierras conquistadas a los musulmanes –objetivo económico–, fomentando la
creación de nuevas fuentes de riqueza y el aumento
de los recursos de la hacienda real.
Fuero: estatutos
jurídicos de una determinada
localidad, cuya finalidad era, en general, regular la vida local, estableciendo
un conjunto de normas, derechos y privilegios,
otorgados por el rey, el señor de la tierra o el propio consejo. Fue un sistema de derecho local utilizado en la Península Ibérica a partir de la Edad Media.
No hay comentarios:
Publicar un comentario